Alerta por los dólares que salen del colchón: provincias pueden cobrar Ingresos Brutos

La Ley de Inocencia Fiscal prevé la adhesión de las provincias, pero ninguna lo hizo y están habilitadas para retener Ingresos Brutos en el banco
Por Dolores Olveira
Puntos importantes:
—Falta de adhesión provincial a Ley de Inocencia Fiscal pone en riesgo dólares por Ingresos Brutos.
—Sin adhesión formal, se espera pacto tácito para no perseguir.
—Ley de Inocencia Fiscal II da seguridad a fondos hasta 2027, limita presunciones ARCA y su uso.
La falta de adhesión provincial a la Ley de Inocencia Fiscal pone en peligro la regularización de dólares del colchón, porque las provincias y la Ciudad de Buenos Aires están habilitadas para retener el Impuesto a los Ingresos Brutos cuando el contribuyente lleve los fondos al banco.
"La Ley de Inocencia Fiscal extendió una invitación a las 24 jurisdicciones del país (las 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y a sus respectivos municipios para adherir al nuevo esquema", indica Richad Amaro Gómez para Errepar.
"La finalidad es implementar regímenes de fiscalización limitados en el ámbito local que imiten el modelo nacional!, explica.
"El incentivo busca que los contribuyentes transparente activos ocultos tras ingresar a Ganancias Simplificado, evitando el riesgo de reclamos impositivos en Ingresos Brutos o en tasas municipales que puedan desestimular la exteriorización", señala Amaro Gómez.
Por su parte, Marcelo D. Rodríguez, CEO de MR Consultores, precisa que, al no haber adhesión provincial generalizada, las administraciones tributarias podrían considerar que los fondos exteriorizados corresponden a ventas omitidas, las cuales están gravadas en Ingresos Brutos".
"Al depositar el dinero en el banco, la entidad financiera puede aplicar el régimen de recaudación bancaria a cuenta de Ingresos Brutos", subraya Rodríguez.
Qué pueden hacer las provincias para no perseguir al contribuyente
"Con la aprobación de la Ley 27.799 de Inocencia Fiscal I, ARCA suscribió acuerdos con la mayoría de las provincias, las cuales se comprometieron a sumarse a Inocencia Fiscal a cambio de acceder a información fiscal. Este intercambio sirvió como una vía legal coactiva para impulsar la adhesión y prevenir la persecución tributaria provincial y municipal", sostiene Amaro Gómez.
"Pese a ello, hasta la fecha ninguna provincia, municipio ni la CABA ha sancionado la adhesión formal, lo que implica que Inocencia Fiscal I no cumplió sus metas en el ámbito local", advierte.
"La Ley 27.826 de Inocencia Fiscal II abre una etapa que busca otorgar seguridad jurídica e incrementar la cantidad de sujetos en el régimen simplificado, proyectando una posterior exteriorización de activos", añade Amaro Gómez.
Ante la falta de leyes de adhesión, el experto contempla la posibilidad de que este nuevo capítulo derive en un "pacto de silencio", donde las autoridades locales no persigan los activos transparentados aun sin contar con una norma explícita que lo respalde.
"Dado que las provincias suelen resistirse a ceder sus potestades tributarias, existe la alternativa de una adhesión tácita: las jurisdicciones no reclamarán tributos por los bienes declarados, pero evitarán promulgar una ley local formal", considera Amaro Gómez.
"Aunque históricamente las provincias no han terminado cobrando Ingresos Brutos de forma generalizada en blanqueos anteriores, existe un riesgo latente al no haber adhesión formal, concluye Rodríguez.
Qué determina la Ley de Inocencia Fiscal II para los dólares del colchón
Inocencia Fiscal II refuerza la seguridad jurídica de los contribuyentes que adhieran al Régimen Simplificado de Ganancias, permitiéndoles utilizar los fondos no declarados mediante operaciones canalizadas por entidades autorizadas por el Banco Central (BCRA) o la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Con la entrada de vigencia de la ley, quedaron habilitados para realizar la presentación de Ganancias Simplificado correspondiente al período fiscal 2025 todos aquellos contribuyentes que antes no podían ingresar por parámetros de ingresos, patrimonio u otros criterios.
La Ley establece 3 condiciones para que los dólares del colchón se incorporen al circuito formal y gocen de protección, enumera la contadora Aldana Fernández:
1. Estar adherido al Régimen Simplificado de Ganancias
2. La operación debe canalizarse por medios autorizados. La ley contempla operaciones en las que intervengan entidades o medios autorizados por el BCRA o la CNV, incluso cuando el sistema financiero formal participe en el origen o en el destino de los fondos.
"También se contempla expresamente la posibilidad de adquirir inmuebles pagando en efectivo al momento de la escritura pública", recuerda.
3. Horizonte temporal: contempla operaciones de regularización de dólares del colchón hasta el 31 de diciembre de 2027, aunque Ganancias Simplificado y el tapón fiscal continúan sin plazo.
"Hasta el 31 de diciembre de 2027 se restringe la utilización de ciertas presunciones de ARCA, particularmente relevantes para determinar incrementos patrimoniales no justificados", precisa el consultor tributario Héctor Tristan.
Un aspecto relevante es que, en las condiciones previstas por la ley, ARCA no podrá utilizar determinadas presunciones fiscales para cuestionar el origen de los fondos; básicamente, el incremento patrimonial no justificado", señala García.
Además, la norma establece que, a los fines de Bienes Personales, esos fondos se consideran incorporados a su patrimonio en la fecha de la operación, evitando que su utilización permita atribuir automáticamente la tenencia a ejercicios anteriores para reclamar el impuesto", puntualiza Tristán.
"La ley puede abrir la puerta a los dólares del colchón., pero será la confianza en las instituciones la que determine si finalmente permanecen dentro del sistema económico argentino", concluye.
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