Recortes de subsidios en Zonas Frías y condonación de deudas a distribuidoras eléctricas

06.05.2026

Los más perjudicados serán los 50 municipios de la provincia de Buenos Aires. También impactará en regiones del centro y sur de Córdoba, en departamentos del sur de Santa Fe y distritos de San Juan, San Luis y La Rioja.


Por Eva Moreira

El oficialismo busca nuevamente arremeter contra una ley con impronta kirchnerista. Esta vez se propone meter mano en la ley de Zonas Frías, una iniciativa impulsada cuando Máximo Kirchner era jefe de bloque. La norma sancionada en 2021 incluyó nuevas regiones al régimen que le otorga a las localidades con bajas temperaturas una tarifa de gas subsidiada. Ahora, bajo el argumento de "sostener la política económica de reducción del déficit fiscal", el proyecto libertario pretende recortar subsidios a parte de los usuarios. Los más perjudicados serán los 50 municipios de la provincia de Buenos Aires que habían sido incorporados recientemente, entre ellos las ciudades costeras.También impactará enregiones del centro y sur de Córdoba, en los departamentos del sur de Santa Fe y distritos específicos de San Juan, San Luis y La Rioja. Solo mantiene el beneficio para La Patagonia, el departamento Malargüe y la Puna. El proyecto tiene otros dos puntos polémicos. Por un lado, busca condonar la deuda que las distribuidoras tienen con CAMMESA, y por otro, descargar el costo de adquisición de gas -en aumento por de la guerra- en los usuarios. Es decir, le perdona deudas a las empresas de energía, a la vez que recorta subsidios a los usuarios y habilita nuevos aumentos de tarifas.

El texto que el oficialismo ingresó a Diputados viene a impactar fuertemente en las tarifas de gas por dos razones: da marcha atrás con la ampliación que logró la ley de "Zonas Frías" bajo criterios climatológicos, y pretende cargarles a los usuarios de gas natural el sobrecosto del invierno y de la guerra.

Respecto a las modificaciones sobre la ley 27.637, propone la derogación de los artículos que son el espíritu de la norma. Puntualmente, en el artículo 3 del proyecto dice "Deróguese los artículos 2°, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º de la Ley Nº 27.637", lo que significa que pretende terminar con el Registro Único de beneficiarios especiales del Régimen de Zona Fría; borrar el artículo que hace referencia a los sujetos beneficiarios del descuento del 50%, que incluye a titulares de AUH, pensiones no contributivas, monotributo social, jubilados, y electrodependientes, entre otros. También termina con los beneficios a los consumos de gas de entidades de bien público reconocidas (ley 27.218). El articulo 6 de la ley es el que establece descuentos del 30% al 50% para usuarios residenciales y generales en zonas beneficiarias, y lo descarta. Finalmente, arremete contra el artículo que incorpora nuevas zonas geográficas con bajas temperaturas al régimen de subsidios.

La Ley 27.637 de Zona Fría incorporó nuevas regiones con tarifas de gas reducidas que iban del 30% al 50%. Entre las zonas a las que alcanzó la norma se encontraban el sur de la provincia de Buenos Aires, y la costa. También sumaba localidades de Córdoba, Santa Fe, San Juan, San Luis, Mendoza, Salta y La Rioja. La sanción de la norma permitió que más de 3 millones de usuarios pasaran a acceder a algún tipo de subsidio.

El texto explica que el recorte en el régimen busca "sostener la política económica de reducción del déficit fiscal, la normalización financiera del sistema energético, el ordenamiento de las cuentas públicas y la continuidad en las condiciones para el acceso y la utilización de fuentes de energías renovables".

Por otro lado, el proyecto del oficialismo plantea que la ley actual "le otorgó un beneficio a regiones sin condiciones climáticas equivalentes, incrementando significativamente el universo de beneficiarios, el costo fiscal del régimen y la magnitud de subsidios cruzados entre jurisdicciones, desnaturalizando el carácter focalizado del sistema".

Por otra parte, expone que a pesar de los aumentos que permitieron en las tarifas de gas "no alcanzan los fondos para pagar todo el subsidio correspondiente al Régimen de Zona Fría y se necesitan fondos adicionales del Tesoro Nacional".

Pero el texto no solo apunta a modificar la Ley de Zonas Frias, sino que se mete con otro punto que traerá debate. En su artículo 8, el proyecto le traslada el costo de adquisición del gas a los usuarios. "El precio de venta del gas por parte de los distribuidores a los consumidores incluirá los costos de su adquisición. El Ente deberá garantizar el traslado automático a las tarifas de los distribuidores del referido costo de adquisición que resulte de procesos competitivos conforme la reglamentación a dictar por el PODER EJECUTIVO NACIONAL sobre las condiciones de contratación". De sancionarse la norma se dará un incremento significativo en la tarifa de gas natural, ya que el costo de adquisición del GNL hoy sufre una escalada producto de la guerra en Medio Oriente. Será por esto que el gobierno se adelantóy dispuso este lunes un aumento extraordinario del 25% en los subsidios al gas para los usuarios de bajos recursos de todo el país. En este sentido, fuentes del sector energético explicaron a Página 12 que estaba en discusión quien iba a pagar el sobrecosto de la importación de gas, si lo haría la industria, los residenciales, o las generadoras, pero parece que el Gobierno ya tomó su decisión.

Más adelante, el texto da cuenta de que fue redactado a medida de las empresas transportadoras de energía. En un extenso articulo 4, del capitulo dos, que refiere a la autosuficiencia económico-financiera del Mercado Eléctrico Mayorista, se explica que las distribuidoras de energía por no haber recibido el total de la tarifa por motivo de las leyes de emergencia dictadas en materia de tarifas eléctricas, cuentan con un activo a su favor. Y ese crédito a su favor les servirá para saldar deuda con CAMMESA.

"Para el caso de las transportistas de energía eléctrica bajo jurisdicción federal, determinada la existencia de un crédito a favor de ellas a través de la citada SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, el PODER EJECUTIVO NACIONAL instruirá a la referida Subsecretaría a los fines de la aplicación del eventual crédito, exclusivamente a la compensación de las penalidades pecuniarias por incumplimientos de sus obligaciones del Contrato de Concesión correspondiente, existentes hasta el vencimiento del primer período de gestión, y hasta el monto de dichas penalidades".

A su vez agrega: "La SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA establecerá el procedimiento a seguir para la cancelación de las obligaciones que las distribuidoras del servicio público de electricidad tuvieran con CAMMESA por la compra de energía eléctrica en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), siempre que dichas distribuidoras estén incluidas en acuerdos de pago suscriptos en el marco de los distintos regímenes de regularización de deudas con CAMMESA establecidos por el Gobierno Nacional. La compensación referida no podrá exceder el monto de las obligaciones antes mencionadas. El excedente de dichos montos será asumido por las jurisdicciones locales".

Queda entonces revelada la contradicción del proyecto que ingresó a Diputados, que por un lado busca dejar de subsidiar a los usuarios con el argumento de "reducción del déficit fiscal", pero por otro les condona deuda a las empresas de energía.

Habrá que ver el tratamiento que se le da en comisiones al proyecto, que no es ninguna novedad. Las mismas intenciones buscó la bancada violeta cuando trató el presupuesto, pero este punto quedó fuera. Por ahora el oficialismo se entusiasma con conseguir una media sanción para la Ley de Hojarasca el próximo 13 de mayo.

Fuente:

https://www.pagina12.com.ar/

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