EL FALLO SOBRE YPF Y EL SECTRISMO IDEOLÓGICO Y MEDIATICO

28.03.2026

El reciente fallo sobre YPF volvió a poner en escena un debate que, en rigor, nunca fue abordado con honestidad intelectual por buena parte del periodismo y del análisis económico local. Durante años se construyó un relato simplista —y funcional— que colocó en el centro de la escena a Axel Kicillof como el responsable casi exclusivo de la expropiación, omitiendo deliberadamente un dato esencial: aquella decisión fue adoptada por amplísimas mayorías en el Congreso de la Nación.


Por Alejandro Olmos Gaona

La ley de expropiación de YPF sancionada en 2012, obtuvo un respaldo contundente tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. No fue, por lo tanto, el acto unilateral de un funcionario ni el capricho ideológico de un ministro, sino una política de Estado respaldada por representantes de diversas fuerzas políticas. Reducir ese proceso a una figura individual no sólo es una tergiversación histórica, sino también una forma de encubrir responsabilidades colectivas.

Sin embargo, el tratamiento mediático del tema se inclinó casi exclusivamente hacia otra cuestión: cuánto le costaría —o le costará— a la Argentina aquella decisión. Durante años, titulares y columnas insistieron en cifras millonarias, en potenciales condenas y en el "error" económico de la expropiación. Pero en ese análisis hubo una omisión sistemática: el encuadre jurídico constitucional.

La Constitución Nacional Argentina establece con claridad el principio de soberanía y la potestad del Estado para expropiar bienes por causa de utilidad pública, mediante ley y con indemnización. Este principio no es accesorio ni discutible: es el fundamento mismo del orden jurídico. En cambio, el estatuto de una empresa —por más relevante que sea— es una norma de rango inferior, subordinada a la Constitución. Y es aquí donde aparece una de las distorsiones más notorias del debate: la insistencia casi dogmática en el Estatuto de YPF como si tuviera jerarquía superior o al menos equivalente a la Constitución. 

Economistas y periodistas repitieron, una y otra vez, que el Estado argentino había violado ese estatuto, como si ello bastara para invalidar la decisión soberana del Congreso. Esa lectura no sólo es jurídicamente endeble, sino que revela un preocupante desconocimiento del orden de prelación normativa. El problema no es discutir si la expropiación fue acertada o no desde el punto de vista económico —ese es un debate legítimo—, sino haber desplazado el eje de la discusión hacia argumentos parciales, ignorando deliberadamente el marco constitucional. 

Se instaló así una narrativa donde la legalidad parecía depender de contratos privados y no de la norma fundamental del Estado. A esto se suma un sesgo evidente: el sectarismo periodístico. La demonización de Kicillof funcionó como un atajo discursivo que evitó profundizar en las verdaderas complejidades del caso. Se prefirió personalizar la decisión antes que analizar el contexto político, legislativo y jurídico en el que se produjo. Y, sobre todo, se omitió que quienes votaron la ley —muchos de ellos pertenecientes a fuerzas hoy opositoras— rara vez fueron interpelados por su responsabilidad.

El fallo judicial, más allá de sus implicancias económicas, debería servir para reordenar el debate en términos más serios. No se trata de negar errores ni de idealizar decisiones, sino de comprender que en un Estado de derecho las acciones del gobierno se inscriben en un marco constitucional que no puede ser ignorado ni relativizado según la conveniencia del momento.

En definitiva, lo ocurrido con YPF no es sólo un caso judicial o económico: es también un espejo que refleja las debilidades del debate público argentino, donde muchas veces prevalecen las simplificaciones, las operaciones discursivas y el desconocimiento —o la omisión deliberada— de principios jurídicos básicos. 

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