LOS MENORES CRIMINALES DEBEN RECIBIR LAS MISMAS PENAS QUE LOS ADULTOS

13.02.2026
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Ese especímen que hoy funge de senadora nacional, que fue ministra de Seguridad de Milei, y que desde sus oríenes montoneros ha recalado en todas las corrientes políticas para medrar como funcionaria pública, tiene inoculada la violencia desde sus orígenes.


Por ALejandro Olmos Gaona

La ha ejercido implacablemente, y la represión ejercida, que llevó a gasear a una niña, y a herir gravemente al fotógrafo Pablo Grillo, son más que evidencia suficiente de lo que es como ser humano. A sus conocidas frases de "el que las hace las paga", se suma la idea que tiene, de que los menores deben tener las mismas penas que los adultos.

Ya se sabe de sobra sobre su precariedad oratoria, su trepadurismo, la falta de solvencia cuando expone, su falta de memoria, y su absoluto desconocimiento del derecho penal. Pero nada le importa como a su jefe Milei, y ahora el grupo que gobierna, han decidido penalizar a los menores a través de la modificación de la edad de imputabilidad.

Lamentablemente la mayor parte de los medios de todo tipo se han encargado de quemarle la cabeza a una gigantesca cantidad de argentinos que a la ignorancia habitual que tienen, suman una larvada proclividad a ignorar el derecho y las normas legales, como lo mostró ese gran jurista que fue Carlos Nino en esa obra excelente " Un país al márgen de la ley". Por eso las últimas encuentras muestran una mayoritaria aprobación a la baja de la edad de imputabilidad, aunque los que creen en esto, carecen de la mínima información para fundamentar sus opiniones.

En mayo de 2013 la Corte Interamericana de Derechos Humanos, dictó una Sentencia, mediante la cual declaró responsable a la República Argentina por las violaciones de derechos humanos cometidas al haber impuesto penas de privación perpetua de la libertad a cinco personas por delitos cometidos durante su infancia. Asimismo, declaró al Estado responsable internacionalmente porque los códigos procesales penales aplicados en los casos de dichas personas no permitían una revisión amplia de sus juicios por un juez o tribunal superior; por la falta de adecuada atención médica a uno de los niños mencionados; haber sometido a dos de las personas referidas a actos de tortura, sin haber investigado estos hechos, y no haber investigado adecuadamente la muerte de uno de aquéllos mientras se encontraba bajo custodia estatal.

El fallo del Tribunal puso en evidencia la realidad del sistema penitenciario de los menores, que permitía todo tipo de vejaciones, torturas, una inexistente atención médica y psiquiátrica, aún en casos de extrema gravedad, como el que llevó a la pérdida de la visión de uno de los menores involucrados. Cabe mencionar la muerte de uno de ellos como producto de los tratamientos a que fueron sometidos por personal penitenciario

Además de la condena se solicitó al gobierno que adecuara el régimen penal de los menores a lo establecido en la Convenciones internacionales de las que la Argentina forma parte, cosa que no se hizo nunca, y que ahora el gobierno de Milei pretende modificar con la baja de la edad de imputabilidad

La ley 22.278 de minoridad que rige ctualmente se sancionó durante la dictradura de Videla y con las limitadas modificaciones de la Ley 22.803, es la que rige actualmente, permitiendo un manejo discrecional del sistema penal a aplicar a los menores, sin que se observen todos aquellos procedimientos que permitan no solo una evaluación adecuada del menor infractor, sino condiciones básicas destinadas a lograr un cambio en las conductas de los mismos a través de las pautas fijadas por convenciones internacionales que no se han respetado.

Los institutos de menores pasaron a ser verdaderas escuelas de delincuentes, donde al rigorismo extremo en los tratamientos, se ha sumado la total falta de diferenciación entre primerizos y reincidentes. A eso se suman las torturas, los malos tratos, las vejaciones reiteradas. Leer el fallo de la CIDH, resulta estremecedor, y mas aun que el gobierno nacional en el 2012 y 2013, utilizó insostenibles razones para justificarse. La Dra. Stella Maris Martinez Defensora Oficial de la Nación actuó en defensa de los menores criminalizados y logro la condena contra el Estado, mostrando no solo su competencia, sino como ejerció la dignidad de su cargo.

Durante años solo se trató de encarcelar al menor, sin que existiera un régimen orgánico para su resocialización, utilizando técnicas adecuadas, educación intensiva, tratamientos psicológicos y todos aquellos elementos que pudieran resultar de utilidad, para evitar que volvieran a delinquir

La baja de la edad de imputabilidad tan cacareada, de ninguna manera es útil para la disminución de las tasa de delincuencia. En naciones de la región con responsabilidad penal desde los 12 años, como Brasil o México, las tasas de homicidio alcanzaron valores de alrededor de 23 homicidios por cada 100.000 habitantes, muy por encima de los aproximadamente 3,8 homicidios por 100.000 habitantes que registra Argentina con su actual régimen legal. Estas cifras sugieren que no hay una correlación directa, y menos aún causal, entre bajar la edad y mejorar la seguridad.

La participación de menores en la justicia penal es muy baja, ya que, en todo el país, solo alrededor del 0,01% de la población menor de 17 años fue ingresado a la Justicia en 2024, y menos del 1,5% de esa franja etaria fue imputado en la justicia local ese año. Más de la mitad de los menores imputados tenían entre 16 y 17 años, y solo un pequeño porcentaje tenían 12 años o menos.

En la provincia de Buenos Aires, las causas iniciadas por menores en el fuero de Responsabilidad Penal Juvenil representan una fracción muy pequeña del total de causas en el sistema penal general (alrededor del 2,1 % de las IPP iniciadas).

En estudios sobre institucionalización de niños y adolescentes en la Argentina se ha reportado que podría haber aproximadamente 19.500 menores alojados en instituciones, de los cuales alrededor de 17.000 están en esas situaciones por motivos de protección o asistenciales (es decir, por no tener cuidado familiar adecuado, riesgo material o moral, pobreza, abandono u otras causas no penales

Resulta preocupante —y en cierto modo alarmante— que propuestas legislativas de este tenor avancen empujadas por la conmoción mediática, el cálculo electoral y la explotación del miedo social, antes que por una evidencia empírica seria y un compromiso auténtico con el bienestar colectivo y el desarrollo integral de los jóvenes. Cuando el debate público se sustituye por consignas efectistas, la política abdica de su responsabilidad y se limita a ofrecer respuestas punitivas que tranquilizan momentáneamente, pero no resuelven nada. La seguridad ciudadana —legítimo anhelo de toda comunidad— no se construye señalando culpables fáciles ni endureciendo simbólicamente las leyes, sino diseñando un sistema de justicia que articule responsabilidad y derechos, prevención y reinserción, inteligencia institucional y políticas sociales sostenidas. Lo contrario no es firmeza: es simplificación. Y la simplificación, en materia penal, suele pagarse con más violencia, más exclusión y menos futuro.