Caso Rafael Nahuel: Casación redujo las penas a los cinco prefectos condenados y serán de cumplimiento condicional

25.09.2026

La Cámara Federal de Casación Penal dejó sin efecto las condenas de prisión efectiva dictadas por el Tribunal Oral Federal de Roca. Sergio Cavia, considerado autor del disparo que provocó la muerte del joven mapuche en Villa Mascardi, recibió tres años en suspenso. Los otros cuatro condenados también obtuvieron penas condicionales.

La causa por la muerte de Rafael Nahuel, ocurrida en noviembre de 2017 en Villa Mascardi, tuvo un nuevo giro judicial. La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal redujo las penas de los cinco integrantes del grupo Albatros de Prefectura Naval condenados por el homicidio y dispuso que todas sean de ejecución condicional.

La resolución fue adoptada por los jueces Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci, quienes hicieron lugar a los recursos presentados por las defensas contra las penas que había establecido en febrero pasado el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Roca.

La decisión no modifica la declaración de responsabilidad penal de los cinco prefectos, pero sí cambia sustancialmente las consecuencias de la condena: ya no deberán cumplir las penas en prisión y tampoco se les aplicará la inhabilitación especial que había dispuesto el tribunal rionegrino.

Cómo quedaron las penas

Sergio Guillermo Cavia, señalado como autor material del disparo que causó la muerte de Nahuel, fue condenado ahora a tres años de prisión en suspenso por homicidio agravado por el uso de arma de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa.

Para los otros cuatro integrantes del grupo Albatros, considerados partícipes necesarios del mismo delito, Casación estableció penas diferentes según la participación atribuida a cada uno.

Juan Ramón Obregón recibió dos años y seis meses; Francisco Javier Pintos y Carlos Valentín Sosa, dos años y tres meses cada uno; y Sergio Damián García, dos años. En todos los casos, las condenas son de ejecución condicional.

El cambio respecto de la sentencia anterior es significativo. El Tribunal Federal de Roca había condenado a Cavia a cinco años de prisión efectiva y ocho años de inhabilitación, mientras que a los restantes les había impuesto cuatro años y seis meses de cárcel y siete años de inhabilitación. Esas penas quedaron ahora sin efecto.

Casación cuestionó al Tribunal de Roca

Uno de los puntos centrales del nuevo fallo es el cuestionamiento al modo en que el tribunal de primera instancia había determinado las penas.

La Cámara sostuvo que el Tribunal de Roca no siguió los lineamientos que Casación había establecido en 2024, cuando anuló las penas originales y ordenó dictar nuevas condenas teniendo en cuenta las circunstancias atenuantes correspondientes a cada acusado. Pese a esa instrucción, el tribunal volvió a imponer penas de prisión efectiva similares a las anteriores.

Los camaristas entendieron además que debía analizarse individualmente la intervención de cada prefecto y considerar elementos como la inexistencia de antecedentes penales y sanciones administrativas, la inexperiencia en enfrentamientos armados y las condiciones personales, sociales y familiares de los condenados.

Ese análisis también llevó a Casación a dejar sin efecto las inhabilitaciones especiales. El tribunal consideró, entre otros elementos, los antecedentes personales de los condenados y las capacitaciones realizadas vinculadas con el servicio público.

El operativo en Villa Mascardi y la muerte de Nahuel

Rafael Nahuel tenía 22 años cuando murió el 25 de noviembre de 2017 durante un procedimiento de Prefectura Naval en una zona montañosa de Villa Mascardi, unos 35 kilómetros al sur de Bariloche.

El tribunal que juzgó a los prefectos consideró probado que existió un enfrentamiento y que los integrantes del grupo Albatros actuaron en legítima defensa, pero concluyó que se excedieron en el uso de sus armas. Durante el procedimiento se efectuaron 130 disparos con pistolas calibre 9 milímetros y fusiles MP5.

Según la acusación, Cavia realizó el disparo que provocó la muerte de Nahuel, mientras que los otros cuatro prefectos efectuaron disparos contra el grupo en el que se encontraba el joven.

El caso todavía puede llegar a la Corte Suprema

La resolución de Casación no necesariamente representa el último capítulo judicial. La fiscalía y la querella tienen la posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación si deciden impugnar la nueva sentencia.

De no prosperar una nueva revisión, los cinco integrantes de Prefectura conservarán las condenas por el homicidio de Rafael Nahuel, pero ninguno deberá cumplir prisión efectiva por el hecho ocurrido hace casi nueve años en Villa Mascardi.

(Foto de Archivo)

Fuente:

https://diarioneuquino.com.ar/caso-rafael-nahuel-casacion-redujo-las-penas-a-los-cinco-prefectos-condenados-y-seran-de-cumplimiento-condicional/

Share