Condenan a la banda que estafaba con las reparaciones de víctimas de la dictadura
El Gobierno usó el caso para frenar los pagos, pero impulsó la sentencia

El TOF4 condenó a dos acusados en un juicio abreviado. La Justicia reconoció que se revictimizó a quienes sufrieron el terrorismo de Estado y se dañó el prestigio de organismos de derechos humanos.
El Tribunal Oral Federal (TOF) 4 condenó a los integrantes de una banda que se dedicaba a falsear declaraciones de víctimas de la dictadura y, de esa forma, buscaba estafar al Estado con reparaciones económicas. Pese a que el Gobierno de Javier Milei hizo eje en este caso para frenar el pago de las obligaciones con quienes sufrieron el terrorismo de Estado, la Subsecretaría de Derechos Humanos (SDH) no se pronunció en el proceso.
El juez Ricardo Basílico, que actuó de manera unipersonal en el TOF 4, homologó un acuerdo al que habían llegado la fiscalía y la defensa de los acusados. Dos de las querellas que actúan en la causa prestaron su conformidad. La única que se mantuvo en silencio, tal como surge de la sentencia, fue la representación del Estado nacional, que suele hacer campaña hablando del "curro de los derechos humanos".
La resolución de Basílico se ciñe a la actuación de dos de los integrantes de la asociación ilícita. Quien figura como líder del grupo es una persona que se presenta como Adrián Martínez Moreira o Adriana Luz Martínez Moreira. La otra persona condenada fue Leticia Concepción Gaete.
La investigación sobre el rol de Moreira se inició en 2014 con una denuncia que presentó la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos (AEDD) al advertir que se había falseado el testimonio de Adriana Calvo, una de las fundadoras del grupo y la primera sobreviviente en testificar en el Juicio a las Juntas. Ese mismo año, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) también denunció a Moreira. Se sumaron querellantes particulares, como Laura Cravello, hija de desaparecidos. Durante la gestión de Horacio Pietragalla Corti, la entonces Secretaría de Derechos Humanos le dio un especial impulso a la causa y logró que la jueza María Eugenia Capuchetti avanzara con los procesamientos.
Durante la instrucción, la fiscala Paloma Ochoa logró reconstruir cuál era la modalidad delictiva de este grupo: montaron una supuesta asociación (HIJOS Paraguay), establecieron un estudio jurídico haciéndose pasar por un abogado reconocido, formularon falsas denuncias y aportaron información falsa en expedientes judiciales. Según el Poder Judicial, esta asociación ilícita funcionó, al menos, entre el 4 de septiembre de 2013 y el 7 de septiembre de 2022.
Moreira se presentaba como nacido en diciembre de 1986 en Misiones. Decía ser hijo y sobrino de víctimas del Plan Cóndor, la coordinación represiva entre las dictaduras del Cono Sur. La Justicia logró determinar —sobre todo después de la intervención de la Unidad Especializada para Casos de Apropiación de Niños durante el Terrorismo de Estado (Uficante)— que no se llamaba Martínez Moreira sino Matías Ezequiel López. Tampoco había nacido en 1986, sino en 1993.
En marzo, se llegó a un acuerdo de juicio abreviado, lo que implica que tanto Martínez Moreira-López como Gaete reconocieron su responsabilidad en los hechos. La solución fue alcanzada por el auxiliar fiscal Gustavo Ferro, que integra la fiscalía de Abel Córdoba. El Ministerio Público le pidió al TOF que considerara, a la hora de graduar la pena, el impacto que sufrieron los colectivos de víctimas del terrorismo de Estado y el proceso de Memoria, Verdad y Justicia que la sociedad argentina construyó a lo largo de los últimos 50 años. Particularmente, Ferro señaló que los acusados proporcionaron argumentos a quienes, desde posiciones negacionistas o revisionistas, pretenden deslegitimar las políticas de Memoria, Verdad y Justicia.
En la sentencia, Basílico reconoció que hubo un fraude al Estado, que personas afectadas por la dictadura militar fueron revictimizadas y que se dañó el prestigio de organizaciones vinculadas a la búsqueda de la identidad y la lucha por los derechos humanos. No hubo, tal como lo había pedido la fiscalía, un señalamiento de que estas prácticas favorecen discursos negacionistas o revisionistas como los que suele pronunciar el Gobierno de Milei.
El juez condenó a Martínez Moreira-López a cinco años y diez meses de prisión, pero unificó esta condena con otra anterior y dictó la pena única de nueve años de cárcel --que cumple en el penal de Ezeiza. En el caso de Gaete, la sentencia fue de tres años de prisión en suspenso. A ella se le prohibió tener contacto con víctimas de la dictadura y con expedientes en los que tramitan casos vinculados a crímenes de lesa humanidad.
Fuente:
