Domiciliarias a represores: Casación no se subió a la ola que impulsa la Corte

Por Luciana Bertoia
La Corte Suprema no parece ser profeta en los tribunales de Comodoro Py. Poco después de que los supremos enviaran un guiño a favor de las domiciliarias para los represores de la última dictadura, la Cámara Federal de Casación –máximo tribunal penal del país– confirmó el rechazo del beneficio para Fernando Otero, condenado a prisión perpetua por los crímenes de la Concentración Nacional Universitaria (CNU) en Mar del Plata. "El otorgamiento indebido de estos beneficios puede eventualmente conducir a una nueva forma de impunidad", se afirma en el fallo firmado por la Sala II del máximo tribunal penal del país.
El viernes pasado, la Corte firmó la acordada 21/2026, que ordena al Cuerpo Médico Forense (CMF) elaborar en el plazo de 30 días corridos un "protocolo médico sobre el estado de salud de los internos penitenciarios y las posibilidades de su tratamiento en el establecimiento penitenciario en que se encuentran alojados".
Dentro del protocolo, los integrantes del CMF deberán estandarizar la respuesta que da el Servicio Penitenciario Federal (SPF) acerca de la posibilidad de dar tratamiento a distintas dolencias. En casos de lesa humanidad, el SPF con frecuencia contesta que no tiene medios para alojar a personas adultas mayores.
Un apartado de la acordada firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti sonó como música para los oídos de los represores y sus abogados. "El motivo del encarcelamiento no puede ser óbice para brindar al reo la atención que necesita, pues lo que está en juego es un principio elemental de humanidad", señalaron.
La acordada fue celebrada por sectores pro-militares. Santiago Lucero Torres, del Foro Argentino de Defensa, le dijo a La Nación que las consecuencias prácticas podrían ser relevantes.
Como informó este diario, en la Corte le atribuyen la autoría del texto a Rosatti. Según las fuentes consultadas, la propuesta comenzó a moverse a mediados de marzo de este año, cuando circulaban rumores de que el Gobierno estudiaba beneficios para los represores presos al cumplirse medio siglo del último golpe de Estado.
Según las estadísticas de la Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad (PCCH), más del 85 por ciento de los represores están en sus casas. Hay 440 que gozan del arresto domiciliario; 58 se encuentran en la Unidad 34 de Campo de Mayo y 18 en otras unidades penitenciarias.
En la primera decisión relevante desde que se conoció la acordada, la Sala II confirmó la decisión del Tribunal Oral Federal (TOF) de Mar del Plata de rechazar la domiciliaria de Otero, que está preso en la U34 de Campo de Mayo. La resolución fue adoptada por los camaristas Ángela Ledesma y Alejandro Slokar.
En su voto, Slokar remarcó que todos los pronunciamientos deben ajustarse a los compromisos asumidos por el Estado argentino, "en particular, el que llama a erradicar la impunidad, en cualquier formato que se presente".
El juez también citó lo que había expresado Fabián Salvioli mientras se desempeñaba como relator especial de las Naciones Unidas para la Promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y la Garantía de No Repetición, en cuanto a que las personas detenidas por crímenes de lesa humanidad aparecen alojadas en establecimientos "especiales", que presentan "condiciones sustancialmente más favorables que aquellas que caracterizan a la población carcelaria en general".
No es la primera vez que la Corte Suprema no consigue el eco que esperaba en tribunales inferiores: pasó lo mismo con el fallo del 2x1 en 2017 y el año pasado, con el fallo "Castillo" —sobre la extensión de la prisión preventiva en casos de lesa—, que desde las vocalías se promocionó como una sentencia que podría devolver a sus casas a decenas de represores.
La Sala II también validó que el represor Gonzalo Sánchez, también alojado en la U34, continúe en prisión preventiva. Sánchez actuó en el campo de concentración de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) y espera, tras fugarse dos veces, que se dicte sentencia durante la jornada del miércoles por los crímenes cometidos en ese centro clandestino de detención.
Slokar también se desmarcó del fallo Castillo adoptado por una mayoría especial de la Corte integrada por Rosatti, Rosenkrantz y conjueces. "Cualquier pretensión de retrotraer la doctrina judicial consolidada e inconmovible en los históricos precedentes, se erige en contradicción con dichos compromisos y con el derrotero de verdad y justicia construido a lo largo de décadas", resaltó.
Fuente:
