La Corte Suprema apura el abordaje del segundo caso sobre Ley de Tierras y los litigantes piden intervención de Amigos del Tribunal

El máximo tribunal del país dispuso abreviar a 24 horas el plazo para que quede consentida este jueves su nueva integración en la causa que impulsan la asociación civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas "LAFKENCHE" y "LOF FVTA ANECON" y la legisladora rionegrina María Magdalena Odarda, quienes cuestionan la validez del artículo 154 del DNU 70/2023.
POR FRANCO MIZRAHI
La Corte Suprema de Justicia apura el tratamiento de un segundo caso referido a la Ley de Tierras con el que podría cambiar el criterio que estableció en "CECIM", en el que revivió el pasado 29 de septiembre la eliminación de los límites a la extranjerización del territorio nacional.
Tras sumar este martes como conjueces a Diego Barroetaveña y a Juan Ignacio Pérez Curci por falta de acuerdo interno, al día siguiente el máximo tribunal del país notificó las designaciones a las partes y dispuso abreviar a 24 horas el plazo para que ya este jueves quede consentida su nueva integración en la causa que impulsan la asociación civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas "LAFKENCHE" y "LOF FVTA ANECON" y la legisladora rionegrina de "Vamos con Todos" María Magdalena Odarda "en atención a las particulares circunstancias de la causa". Tanto Barroetaveña como Pérez Curci ya aceptaron intervenir en este caso, en el que también se cuestiona la validez del artículo 154 del DNU 70/2023 por el que se derogó la Ley de Tierras Rurales, que ponía límites a la extranjerización de la tierra.
Mientras se resuelve la composición del tribunal y analizan si presentan alguna recusación, los litigantes solicitaron a la Corte que habilite la intervención de Amicus Curiae (Amigos del Tribunal).
Apuro y fractura interna en la Corte Suprema
El miércoles, desde la Corte notificaron a las partes del caso "Árbol de Pie" que fueron designados para intervenir como conjueces el presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, Diego Barroetaveña, y el Presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, Juan Ignacio Pérez Curci. En el mismo documento, de tan solo seis líneas, se dejó a la vista el apuro de los cortesanos por expedirse en este expediente, que podría "reparar" lo que produjeron en CECIM: "En atención a las particulares circunstancias de la causa, corresponde abreviar el plazo para que dicha integración quede consentida, el que se fija en 24 horas". Es decir, la Corte dio plazo hasta este jueves por la tarde para que ya quede confirmada la integración de 5 magistrados que resolverá el caso "Árbol de Pie". Al cierre de esta nota, los dos conjueces habían aceptado la intervención y los litigantes analizaban si presentarán alguna recusación. Tienen plazo hasta la tarde de esta jornada para realizar un planteo en ese sentido.
Es evidente que en la Corte hay intención de imprimirle velocidad al tratamiento de este segundo caso para poder "aclarar" lo resuelto en "CECIM", por el que la Corte dejó "de hecho" abierta la posibilidad de que extranjeros puedan comprar tierras en Argentina sin ningún límite. No obstante, según indicaron desde el Palacio de Tribunales, es poco probable que ocurra alguna resolución antes de la próxima reunión de acuerdo, que se realizará, en principio, el miércoles de la próxima semana.
La citación de conjueces es por falta de acuerdo interno. Como es una Corte de cinco integrantes (hay dos vacantes) la mayoría que se requiere para emitir un fallo es de tres voluntades. Cuando uno de los ministros cortesanos manifiesta desacuerdo se debe convocar a conjueces. Según las versiones que circulan en tribunales quien estaría en desacuerdo con sus colegas Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti es Carlos Rosenkrantz.
Amigos del Tribunal
En este contexto, Árbol de Pie solicitó este jueves a la Corte que se habilite la intervención de Amicus Curiae (Amigos del Tribunal), una figura que implica que terceros ajenos al proceso puedan aportar argumentos jurídicos, técnicos o científicos para enriquecer el debate.
"En razón de la trascendencia colectiva e institucional de estas actuaciones, cuya resolución involucra derechos e intereses que exceden ampliamente a las partes, y considerando que hasta el momento no se han habilitado instancias específicas de participación ciudadana, estimamos oportuno disponer la intervención de AMICUS CURIAE, a fin de enriquecer el debate mediante la incorporación de distintas perspectivas jurídicas, técnicas y académicas", requirieron los litigantes.
En particular, se pretende "la participación de organizaciones ambientales, sindicales, de derechos humanos, de pueblos indígenas, universidades, instituciones académicas y demás organizaciones de la sociedad civil" lo que "permitiría contar con aportes relevantes para el tratamiento de esta controversia de alcance nacional".
"La convocatoria contribuiría a promover un debate plural y suficientemente informado, acorde con la importancia de la decisión que habrá de adoptar", concluyeron en su requerimiento, que lleva la firma de los letrados Lucía Ana Wieman y Matías Prafil.
La clave del reclamo: legitimación activa y soberanía territorial
Tras el escándalo que provocaron con el caso CECIM, Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti decidieron tratar rápidamente este segundo caso impulsado por Árbol de Pie, las comunidades indígenas "LAFKENCHE" y "LOF FVTA ANECON" y la legisladora Odarda. Se trata de un expediente que tramitaba de manera conjunta con el de los excombatientes del CECIM-La Plata ya que también cuestiona la validez del artículo 154 del decreto 70/23 por el que se derogó la Ley de Tierras. Al resolverse CECIM por un tema de legitimación, el caso "Árbol de Pie" quedó en una nebulosa.
¿Qué se espera que resuelva la Corte con esta nueva conformación de 5 integrantes? Un pedido de aclaratoria que realizaron los litigantes de esta segunda causa el 30 de septiembre pasado, es decir, luego de conocido el fallo CECIM.
En el caso CECIM, la Corte revocó el 29 de septiembre una resolución de la Cámara Federal de La Plata del 21 de marzo de 2024 por la que se declaraba inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23. A través de ese artículo, el presidente Javier Milei derogó la Ley de Tierras que pone límites a la extranjerización de la tierra. La revocatoria cortesana, que se hizo ante un planteo que impulsó el gobierno, volvió a dejar vigente el artículo de la polémica.
Los cortesanos resolvieron el caso a través de un formalismo: sostuvieron que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata no tenía legitimación activa para litigar. Es decir, rechazaron la apertura del caso "por la falta de legitimación de la actora y ausencia de controversia". Y anularon lo dictado por la Cámara de La Plata. No se expidieron sobre el fondo del asunto pero de hecho dejaron las cosas como las había dispuesto Milei vía DNU.
Para negarle legitimación activa al CECIM, la Corte consideró que la soberanía territorial no es un bien colectivo. "Sin bien colectivo no hay derecho de incidencia colectiva, sin este tipo de derechos no hay legitimación del art. 43 CN, y si no hay legitimación no hay caso", explicó Francisco Verbic, profesor de Derecho Procesal en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP y especialista en procesos colectivos.
Un antecedente polémico: ¿se repite la corrección del fallo "2 por 1"?
Según los litigantes de "Árbol de Pie", ellos sí tienen legitimación activa para continuar con la demanda, ya que no solo apelaron a la soberanía territorial, sino también a cuestiones ambientales y de las comunidades originarias. Consideran que no debieran ser alcanzados por el fallo del 29 de septiembre. Por eso le reclamaron precisiones a la Corte.
¿Qué le pidieron al Tribunal Supremo? "Que se precise si dicho pronunciamiento produce algún efecto sobre las presentes actuaciones FGR 20213/2023 y, en su caso, cuál es su alcance, teniendo especialmente en consideración que los actores de autos han invocado títulos de legitimación propios y diferentes de aquel examinado en CECIM, que no han sido objeto de pronunciamiento". Y añadieron: "Para el supuesto de establecerse que la sentencia recaída en CECIM no resolvió la presente acción, solicitamos se disponga la prosecución del trámite de este amparo, su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos y el tratamiento de la medida cautelar oportunamente solicitada; sea por V.E. o, de considerarlo pertinente, mediante la inmediata remisión de las actuaciones al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche para su sustanciación".
En el caso "de entenderse que el pronunciamiento recaído en CECIM produce efectos sobre estas actuaciones, solicitamos se expliciten sus fundamentos y alcance respecto de los actores de autos y de los títulos autónomos de legitimación invocados en la demanda", indicaron.
La decisión de la Corte de tratar rápidamente otro caso para "aclarar" lo resuelto en "CECIM" luego de una andanada de cuestionamientos recuerda lo sucedido cuando ocurrió el fallo del cómputo del "2 por 1" en el beneficio de la condena para genocidas, durante el macrismo. Entonces, el Tribunal Supremo resolvió el caso Batalla para "corregir" lo resuelto en "Muiña".
¿Se repetirá ahora el accionar de aquel entonces? ¿La Corte volverá sobre sus pasos? Pareciera que falta poco tiempo para que se despeje ese interrogante.
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