La Justicia le marcó la cancha a Sebastián Pareja por su estructura informal en PBA

El juez Alejo Ramos Padilla no hizo lugar a la acción por falta de afiliación y vía interna, pero advirtió al partido por su funcionamiento paralelo.
La interna bonaerense de La Libertad Avanza sumó un nuevo capítulo judicial. El juez federal con competencia electoral Alejo Ramos Padilla rechazó la presentación realizada por Maximiliano Corio, concejal electo por el espacio libertario en Campana, pero dejó una advertencia incómoda para el partido conducido en la provincia por Sebastián Pareja: la existencia de una estructura política informal, paralela a los órganos reconocidos por la carta orgánica.
La resolución fue dictada en el expediente "Corio, Maximiliano c/ La Libertad Avanza Nro. 96 - Distrito Buenos Aires s/ intervención judicial a agrupación política", donde el dirigente había reclamado la intervención de la Justicia Electoral por presuntas irregularidades en el funcionamiento institucional, orgánico y democrático del partido.
El fallo no hizo lugar a la acción por dos razones formales: Corio no figura como afiliado a La Libertad Avanza y, según el juzgado, tampoco agotó previamente las instancias internas partidarias. Ese fue el argumento central utilizado por la fiscalía, por los apoderados del partido y finalmente por el magistrado para rechazar la pretensión.
Sin embargo, el dato político más sensible aparece en los considerandos finales de la resolución. Allí, Ramos Padilla recogió la propia explicación brindada por los apoderados de LLA, quienes distinguieron entre una esfera orgánica formal, regulada por la carta partidaria, y otra de "coordinación política territorial", de carácter informal, sin existencia estatutaria y supuestamente ajena al control de la Justicia Electoral.
El punto incómodo para LLA
Esa admisión fue leída por el juez como un elemento preocupante. En el fallo, Ramos Padilla señaló que esa expresión "parecería evidenciar" la existencia, dentro del mismo partido, de una estructura política informal que opera por fuera de la carta orgánica y de los órganos de gobierno reconocidos por el juzgado.
La observación no es menor. Aunque rechazó la denuncia de Corio, el magistrado sostuvo que la eventual existencia de una estructura paralela resultaría contraria a la naturaleza institucional de los partidos políticos, definidos por la constitución nacional como instituciones fundamentales del sistema democrático.
En ese marco, el juez recordó que la ley 23.298 exige a los partidos contar con una organización estable y un funcionamiento reglado por la carta orgánica, de acuerdo con el método democrático interno. También remarcó que corresponde a la Justicia Electoral controlar la vigencia efectiva de los derechos, obligaciones y garantías vinculadas a partidos, autoridades, candidatos, afiliados y ciudadanos.
El rechazo formal
La resolución fue clara al momento de rechazar la acción iniciada por Corio. Según el informe incorporado al expediente, el concejal electo no registra afiliación a ninguna agrupación política. Para el juzgado, esa circunstancia le impide reclamar como afiliado derechos reconocidos por la carta orgánica partidaria.
El fallo también indicó que el concejal Corio no acreditó haber realizado presentaciones previas ante los órganos internos de La Libertad Avanza antes de acudir a la Justicia Electoral. Para Ramos Padilla, el agotamiento de la vía partidaria no es una formalidad sino un requisito ineludible para habilitar la intervención judicial.
El punto abre una paradoja política: Corio recurrió a la Justicia, entre otras cosas, porque denunció que no fueron incorporadas al padrón las afiliaciones que decía haber promovido. Pero la Justicia rechazó su planteo justamente porque no reviste formalmente la calidad de afiliado.
Las fichas de afiliación
En su presentación original, Corio había denunciado la manipulación discrecional del régimen de afiliaciones, la ausencia de elecciones internas genuinas, la inexistencia de órganos partidarios, la designación vertical de autoridades y la concentración extrema de poder en un núcleo reducido encabezado políticamente por Sebastián Pareja.
El dirigente sostuvo además que había reunido y entregado aproximadamente 427 fichas de afiliación de ciudadanos que manifestaron su voluntad de incorporarse a La Libertad Avanza. Según su denuncia, muchas de esas personas no habrían sido incorporadas al padrón partidario.
Durante la audiencia prevista por la ley de Partidos Políticos, la parte actora acompañó un listado de 175 personas que, según afirmó, se habrían afiliado y no figurarían como tales. No obstante, el juez consideró que Corio no acreditó representación procesal de esos ciudadanos y que tampoco acompañó prueba suficiente sobre la efectiva presentación de las solicitudes.
Una advertencia final
Pese al rechazo, la resolución terminó con una advertencia directa al partido. Ramos Padilla ordenó "advertir" al partido de Javier Milei en la provincia de Buenos Aires para que adopte medidas conducentes respecto de los puntos señalados en los considerandos VI y VII del fallo.
Allí el juez sostuvo que el partido debe regularizar aspectos de su funcionamiento interno y evitar mantener una frontera difusa entre quienes pertenecen, representan o hablan en nombre del partido y quienes no. Para el magistrado, esa ambigüedad puede perjudicar derechos de terceros y afectar la claridad institucional que debe regir el desenvolvimiento de una agrupación política.
En otras palabras, la Justicia no intervino el partido ni hizo lugar al planteo de Corio. Pero el fallo dejó expuesta una contradicción central para La Libertad Avanza bonaerense: la defensa partidaria se apoyó en tecnicismos formales para cerrar el expediente, mientras al mismo tiempo reconoció una estructura territorial informal que funciona por fuera de la carta orgánica.
La discusión, lejos de cerrarse, parece recién empezar. Porque si el partido sostiene ante la Justicia que sus autoridades fueron legítimamente elegidas y que existe una vida interna regular, pero sus propios apoderados admiten una red territorial informal "ajena" al esquema orgánico, el problema deja de ser solo judicial y vuelve al terreno político: quién decide, quién participa y quién queda afuera dentro de La Libertad Avanza bonaerense.
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