Rechazan la presentación del gobierno contra la reforma laboral con una dura chicana contra Amerio: "No tiene matrícula"

El juez laboral, Raúl Ojeda, argumentó que el procurador del Tesoro, Sebastián Amerio, no está matriculado y le pidió que se abstenga de seguir presentando escritos.
El gobierno sigue sumando malas noticias en los tribunales. Ahora, el juez laboral Raúl Horacio Ojeda rechazó una presentación de la administración libertaria contra el fallo que suspendió la reforma laboral.
La animosidad del juez con el gobierno de Milei quedó en evidencia por el argumento feroz que utilizó para rechazar in limine la presentación. Ojeda argumentó que el procurador del Tesoro, Sebastián Amerio, no es un abogado matriculado, requisito básico para poder pleitear en los tribunales.
Ojeda no intervino en el per saltum que el gobierno planea para ir con el tema directamente ante la Corte Suprema, sino en la causa que planteó la CGT contra la reforma laboral. En ese expediente, Amerio se presentó en su rol de Procurador del Tesoro, junto a los subprocuradores Castro Videla y Pablo Comadira y la apoderada Mayra Cosentino.
Este viernes, Ojeda intimó a Cosentino a no continuar haciendo presentaciones con el patrocinio de Amerio, argumentando que "no tiene matrícula".
Ese pequeño detalle es sería problemático porque implica que el gobierno designó como jefe de los abogados del Estado a un letrado que nunca ejerció como defensor. Encima, Amerio fue viceministro de Justicia antes que Karina Milei pusiera a Juan Bautista Mahiques como relevo de Mariano Cúneo Libarona y barriera de la cartera judicial al segundo de Santiago Caputo.
En Casa Rosada reivindican, de todas maneras, la trayectoria de Amerio, que acredita 22 años en el Poder Judicial, con experiencia precisamente en las vocalías de la Corte.
Pero, además, desde el entorno de Amerio contestaron a LPO que "es falso" el planteo de Ojeda, y consideraron que se trata de "un delito". Invocaron, en defensa del procurador del Tesoro, un fallo de la Corte Suprema fechado en 1997 en un litigio entre la provincia de Tierra del Fuego y el Estado nacional, firmado por Julio Nazareno, Augusto Belluscio, Enrique Petracchi, Antonio Boggiano, Guillermo López, Gustavo Bossert, Adolfo Vázquez y Eduardo Moliné O'Connor, en disidencia.
Fuentes judiciales dijeron a LPO que la bronca de Ojeda contra Amerio fue por la decisión de apelar al per sáltum ante la Corte Suprema.
En esa resolución, los magistrados establecieron que "no cabe exigirle al subprocurador del Tesoro su inscripción en la matrícula federal, para actuar como representante del Estado nacional en la causa". "La ley impide ejercer la profesión de abogado con motivo del cargo que desempeña", argumentaron.
Fuentes judiciales dijeron a LPO que la bronca de Ojeda contra Amerio fue por la decisión de apelar al per sáltum ante la Corte Suprema pero, sobre todo, porque el gobierno justifica el salto de instancia calificando la anulación de los 82 artículos resuelta por Ojeda como el fallo de "un juez municipal", luego del traspaso del fuero laboral a la órbita de la Capital Federal. Esa transferencia, para colmo, está contemplada en el artículo 91 de la reforma judicializada.
Ahora, el máximo tribunal puede resolver si lo trata o no. Si acepta el recurso, puede indicar la fecha en que fallará sobre la cuestión o no, haciendo uso de la facultad que exime a los cortesanos de comprometerse con un cronograma específico.
La otra posibilidad es que los jueces de la Corte definan que aceptan el caso y fallen en el mismo acto.
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