UNA REPÚBLICA EN LIQUIDACIÓN

04.10.2026

El proceso de desarticulación, desguace y liquidación de la República Argentina ya no puede disimularse detrás de discursos institucionales, invocaciones abstractas a la libertad ni formalismos jurídicos destinados a presentar como normal aquello que, por su magnitud y sus consecuencias, debería encender todas las alarmas democráticas.















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Por Juan A. Frey

Lo que está en juego no es simplemente el rumbo económico de un gobierno ni el resultado circunstancial de una elección. Lo que está siendo sometido a una insólita y profunda transformación es la propia arquitectura del Estado; sus empresas, sus activos, sus organismos de control, sus mecanismos de deliberación y, sobre todo, el equilibrio entre los poderes que constituye la esencia misma del sistema republicano.

La cuestión merece ser planteada sin eufemismos, y ese es precisamente el interrogante que Argentina debería estar discutiendo.

UN ESTADO REDUCIDO A INVENTARIO

La denominada Ley Bases Ley 27742 otorgó al Poder Ejecutivo facultades extraordinarias durante el período de emergencia declarado por la propia norma y habilitó la privatización de un conjunto de empresas y sociedades estatales. Entre ellas fueron incluidas Energía Argentina S.A. (ENARSA) e Intercargo, mientras que Aguas y Saneamientos Argentinos (AySA), Belgrano Cargas y Logística, la Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE) y Corredores Viales quedaron contempladas bajo esquemas de privatización o concesión. Gobierno de Argentina

No se trata, por lo tanto, de una mera consigna política; existe un marco legal concreto para avanzar sobre una parte significativa del patrimonio empresarial del Estado.

La propia legislación establece que, en determinados procesos de privatización, pueden utilizarse mecanismos que comprenden la venta de activos, acciones, establecimientos o unidades productivas. Además, el Decreto 416/2025 reglamentó mecanismos electrónicos para licitaciones, concursos y remates vinculados con la materialización de esas privatizaciones. 


Y ES AQUÍ DONDE APARECE UNA PREGUNTA QUE INCOMODA:

Porque vender una empresa pública no equivale simplemente a desprenderse de un activo contable. Significa modificar quién controla infraestructura, servicios, recursos estratégicos, capacidades productivas y herramientas que durante décadas estuvieron bajo el dominio estatal.

Puede discutirse legítimamente si determinadas empresas deben permanecer en manos del Estado o pasar al sector privado. Lo que resulta inadmisible en una República es que semejante transformación sea presentada como un trámite administrativo más, como si estuviera en juego únicamente el balance de una sociedad comercial.

El Congreso debería ser el gran escenario de la democracia republicana. Allí se discuten las leyes, se expresan las mayorías y minorías, se controla al Ejecutivo y se hacen públicas las decisiones que afectan al conjunto de la sociedad. Pero existe una diferencia sustancial entre el caso del DNU 70/2023 que resulta paradigmático. El Senado rechazó ese decreto en 2024; sin embargo, el régimen constitucional de los decretos de necesidad y urgencia establece un procedimiento en el cual el rechazo de una sola Cámara no provoca automáticamente su pérdida de vigencia. El propio informe parlamentario del Senado registra el rechazo del DNU 70/23.

Un instrumento excepcional concebido constitucionalmente para circunstancias extraordinarias terminó convirtiéndose en una pieza central de una transformación de enorme amplitud normativa. El DNU 70/2023 introdujo modificaciones en múltiples áreas del ordenamiento jurídico, mientras buena parte de su contenido continuó produciendo efectos.


Y AQUÍ ASOMA OTRA DE LAS GRANDES PARADOJAS DE LA ARGENTINA CONTEMPORÁNEA: 

Cuando el Poder Ejecutivo gobierna mediante instrumentos extraordinarios, cuando el Congreso no consigue revertirlos y cuando una porción sustancial de las transformaciones estructurales se produce por vía reglamentaria, la pregunta republicana ya no es solamente qué dice cada norma. La pregunta es quién está ejerciendo realmente la capacidad de decidir, porque el problema de la República no es que exista un Poder Ejecutivo fuerte.

El problema comienza cuando los mecanismos destinados a limitarlo dejan de ser suficientemente fuertes.

EL PATRIMONIO PÚBLICO Y LA EXTRANJERIZACIÓN

Uno de los episodios más sensibles es el régimen de tierras rurales.

La Ley 26737, sancionada en 2011, estableció un régimen específico de protección sobre la propiedad, posesión y tenencia de tierras rurales, con límites a la titularidad extranjera. El DNU 70/2023 dispuso su derogación mediante el artículo 154.

La cuestión terminó judicializada. De hecho, documentación oficial del Ministerio de Justicia señalaba que la aplicación del artículo 154 se encontraba suspendida cautelarmente mientras se discutía judicialmente su constitucionalidad.

La situación adquirió una nueva dimensión en septiembre de 2026, cuando la Corte Suprema revocó una decisión que impedía la aplicación del artículo 154. Según la información publicada sobre el fallo, la Corte fundamentó su decisión en cuestiones vinculadas con la legitimación procesal de quien había promovido la demanda, y no en una declaración general sobre la conveniencia política de la extranjerización de tierras. Este matiz jurídico no debería ser utilizado para ocultar la magnitud política y económica del asunto.

PORQUE EL DEBATE DE FONDO PERMANECE: 

No es una cuestión menor. No se trata de vender una propiedad cualquiera. Se trata del suelo, y de los recursos naturales asociados, de las fronteras económicas, de la producción agropecuaria y de activos estratégicos cuya disponibilidad no puede analizarse únicamente desde la lógica de una transacción privada.

Cuando una nación que pierde la capacidad de decisión sobre sus activos estratégicos puede conservar formalmente su bandera, su Constitución y sus instituciones, pero comienza a perder algo mucho más difícil de recuperar; la Justicia y los límites que deberían existir.

Y aquí aparece el tercer vértice del problema; el Poder Judicial.

Una democracia constitucional necesita una Justicia independiente, no una Justicia sometida al Ejecutivo, pero tampoco una Justicia que sea percibida como indiferente frente a la magnitud de las transformaciones que afectan al patrimonio público.

La Corte Suprema tiene la función de interpretar la Constitución y resolver controversias judiciales. Sus decisiones no deberían ser evaluadas según la conveniencia política de sus resultados, sino por la calidad jurídica de sus fundamentos.

Precisamente por eso, cada decisión que habilita, limita o condiciona políticas de enorme impacto institucional exige una explicación pública especialmente rigurosa.

Cuando una resolución judicial termina produciendo efectos que alteran el régimen de protección sobre activos estratégicos, la sociedad tiene derecho a comprender qué se decidió, por qué se decidió y cuáles son las consecuencias jurídicas de esa decisión. 

La Justicia no puede transformarse en un agujero negro institucional donde las decisiones llegan desde arriba y las explicaciones quedan enterradas en miles de páginas de expedientes.

La corrupción como síntoma y no como anécdota, tampoco puede ignorarse el problema de la corrupción.

No corresponde convertirse una denuncia en una condena ni presentarse como probado aquello que todavía se encuentra bajo investigación. Pero tampoco corresponde fingir que las denuncias sobre negociaciones ilegales, coimas, tráfico de influencias o utilización indebida de la función pública son simples episodios menores.

La corrupción destruye algo mucho más profundo que el dinero; destruye la igualdad ante la ley.

Porque cuando un ciudadano común necesita cumplir cada requisito, pagar cada impuesto, respetar cada norma y esperar cada trámite, mientras determinados actores pueden obtener ventajas mediante relaciones políticas o mecanismos opacos, la República deja de funcionar como un sistema de reglas comunes.

Y cuando esa percepción se instala, ninguna campaña de comunicación puede reconstruir fácilmente la legitimidad perdida.

El Ejecutivo tampoco puede estar por encima de la República.

El Poder Ejecutivo tiene legitimidad democrática. El presidente fue elegido por el voto popular. Pero precisamente porque existe legitimidad electoral debe existir también responsabilidad constitucional.

El voto no constituye una autorización para gobernar sin límites.

Una elección no transforma al presidente en propietario del Estado.

Una mayoría electoral no convierte en irrelevante al Congreso.

Un decreto no reemplaza indefinidamente a la ley.

Y una emergencia no puede convertirse en una categoría permanente de gobierno.

La Constitución no fue diseñada para proteger únicamente a los ciudadanos cuando gobiernan y quienes piensan como ellos. Fue diseñada para establecer límites precisamente cuando quien gobierna dispone de suficiente poder para intentar atravesarlos.

La República puede morir sin que nadie escuche el disparo.

Ese es, quizás, el aspecto más inquietante.

Las repúblicas modernas rara vez desaparecen de un día para otro. No necesariamente hay tanques en las calles, parlamentos incendiados o militares ocupando edificios públicos.

A veces la degradación es mucho más silenciosa.

Una facultad extraordinaria hoy.

Una privatización mañana.

Un organismo de control debilitado después.

Una institución intervenida.

Una decisión judicial que reduce un límite.

Una norma excepcional convertida en regla.

Un patrimonio estratégico que cambia de manos.

Una denuncia de corrupción que se archiva.

Un Congreso que deja de controlar.

Una ciudadanía que, agotada, termina aceptándolo todo.

Y así, casi sin advertirlo y el problema no es solamente quién gobierna, sería demasiado sencillo atribuir todo este proceso a una sola persona o a un solo gobierno. El problema es más profundo.

Una República no debería depender de que quien ocupa la Casa Rosada sea bueno o malo, honesto o corrupto, moderado o radical. Las instituciones deben estar diseñadas precisamente para que la discusión no debiera reducirse a Javier Milei, a la oposición, al peronismo, al radicalismo, al Congreso o a la Corte. 

LA DISCUSIÓN DEBERÍA SER MUCHO MÁS INCÓMODA:

Porque la legalidad formal, por sí sola, no garantiza la calidad republicana.

Una decisión puede tener apariencia jurídica y, sin embargo, generar un enorme debate institucional.

Una privatización puede ser legal y, al mismo tiempo, exigir controles extraordinarios.

Una ley puede ser constitucional y, simultáneamente, producir consecuencias sociales que deben ser discutidas públicamente.

Una sentencia puede ser jurídicamente válida y, aun así, despertar legítimos interrogantes políticos y económicos.

La democracia no termina donde comienza la legalidad.

UNA REPÚBLICA EN LIQUIDACIÓN

Argentina tiene todavía Congreso. Tiene Justicia. Tiene elecciones. Tiene Constitución. Tiene partidos políticos.

Pero una República es algo más que la existencia física de esas instituciones.

Es su funcionamiento efectivo.

Es la posibilidad real de controlar al poder.

Es la igualdad ante la ley.

Es la defensa del patrimonio público.

Es la transparencia de las decisiones.

Es la independencia de los jueces.

Es un Parlamento que legisla y controla.

Es un Ejecutivo que gobierna, pero acepta límites.

Es una sociedad que puede exigir explicaciones y obtenerlas.

Cuando cada uno de esos elementos comienza a erosionarse, la democracia puede continuar exhibiendo sus formas mientras pierde progresivamente su sustancia.

Y ese debería ser el verdadero motivo de alarma.

Porque un país puede vender empresas.

Puede concesionar servicios.

Puede modificar leyes.

Pueden desregular mercados.

Puede cambiar su modelo económico.

Todo eso forma parte del debate democrático.

Lo que no puede ponerse en venta es el patrimonio público no puede transferirse. Una empresa puede privatizarse. Una concesión puede rescindirse. Una ley puede modificarse.

Pero recuperar una República institucionalmente degradada es infinitamente más difícil.

Por eso la cuestión ya no debería formularse en términos de oficialismo contra oposición, mercado contra Estado o izquierda contra derecha.

La pregunta es mucho más elemental y, al mismo tiempo, mucho más brutal; Si la respuesta es nadie, entonces el problema ya no es el rumbo de un gobierno.

Es el destino de la República.

Y una República que permite que sus controles se erosionen, que su patrimonio estratégico se transforme sin suficiente escrutinio, que sus instituciones pierdan credibilidad y que la excepcionalidad se convierta en método de gobierno puede conservar durante mucho tiempo sus símbolos.

Puede conservar su bandera.

Puede conservar su himno.

Puede conservar sus elecciones.

Puede conservar incluso su Constitución.

Pero corre el riesgo de haber perdido aquello que les da sentido a todas esas cosas:

Y cuando la ley deja de ser el límite del poder, cuando los controles se convierten en obstáculos que deben ser sorteados y cuando la ciudadanía termina contemplando pasivamente cómo se decide sobre aquello que le pertenece, ya no estamos simplemente ante una crisis política.

Estamos ante algo mucho más grave; estamos ante el fin de una república.

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