Por decreto, Milei avanza con una reforma laboral paralela

Por Gabriel Sued
Mientras avanzan las negociaciones por la aprobación de la reforma laboral, el Gobierno se aseguró por decreto una modificación legal que persigue los mismos objetivos: reducir las indemnizaciones y beneficiar a las empresas, en este caso, a las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART). Es una reforma laboral paralela que pasó bajo el radar.
Se trata de la actualización de la tabla de evaluación de incapacidades laborales, aprobada por el decreto 549, del 5 de agosto de 2025, que dispuso que las modificaciones entrarían en vigor después de 180 días corridos, es decir, a partir del próximo 2 de febrero.
El nuevo baremo médico excluye patologías frecuentes, como lumbalgias o cervicalgias, y reduce el porcentaje de incapacidad para múltiples enfermedades, como hipoacusia, lesiones de rodilla y hernia de disco, lo que implica una disminución de los montos indemnizatorios. Esto es porque esas reparaciones surgen de una fórmula que combina el salario, la edad del trabajador y el porcentaje de incapacidad reconocido por la enfermedad en cuestión.
El decreto 549/2025 -que modifica la tabla original, de 1996- surgió del trabajo del Comité Consultivo Permanente (CCP), bajo la órbita de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT), a cargo de Gustavo Morón, que ocupó el mismo puesto durante el gobierno de Mauricio Macri. Abogados laboralistas consultados por El Destape apuntan además a la Unión de ART, vinculada a los dueños de las empresas de medicina prepaga.

En la primera gestión de Morón en la SRT se modificó la ley de riesgos de trabajo para imponer la obligatoriedad del reclamo en instancia administrativa, en el ámbito de la SRT, como paso previo al litigio judicial.
El objetivo esgrimido era reducir la cantidad de juicios, pero tuvo el efecto contrario, por la diferencia entre las indemnizaciones que reconocen la SRT y la justicia laboral. Con el decreto de agosto, advierten los abogados laboralistas, la litigiosidad va a seguir en aumento, a raíz de la regresividad de la nueva tabla de evaluación.
Algunos ejemplos recopilados por Gastón Valente, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas de La Plata, que publicó el año pasado, en coautoría con Eduardo Curuchet, un artículo titulado "El baremo de la ART":
Disfonía. Suele afectar a los docentes. Se establecen tres estadios de incapacidad, con 3%, 7% y 15%, cuando antes, una vez detectada la patología, se debía asignar entre un 15 a 20% de incapacidad sin estar supeditado al criterio del evaluador.
Hipoacusia. Baja sensible de los porcentuales de incapacidad y reducción del estudio de audiometría, lo que puede dificultar la detección de la lesión.
Otras patologías. Se reducen los mínimos de los porcentajes de incapacidad y se establecen escalas para uso arbitrario del evaluador. Rodilla, que era de 3% a 15 %, ahora pasa a 4%. Hernia de disco: bajan los máximos de 40% a 20%. Osteomielitis: evaluación muy baja, del 1% al 2%, cuando según el baremo previsional puede ser incapacidad absoluta y llega al 70%.
No se contempla incapacidad por cervicalgias ni por lumbalgias.
No se contemplan las afecciones psicosociales ni secuelas por violencia laboral.
Las afecciones psiquiátricas reconocidas son sólo las derivadas de un "evento impactante aterrador o peligroso".
"La reforma no se encuentra avalada por estudios técnicos, médicos, legales, ni económicos. Se aprecia a simple vista una alteración económica financiera del sistema en tanto que las aseguradoras continuarán percibiendo la misma cuota mensual a cargo de los empleadores, del 3% del salario, mientras que erogarán menores sumas a través del reconocimiento de menores porcentuales incapacitantes", advierte Valente.
La norma de agosto pasado contiene otra cuestión que pone en alerta a los abogados: su carácter retroactivo. Establece que el nuevo baremo se aplicará a todos los casos en los que todavía no se haya firmado un dictamen de incapacidad, más allá de la fecha en la que se haya producido el siniestro y de la instancia en la que esté el caso.
Eso explica por qué en los últimos cuatro o cinco meses se registra una demora muy marcada en las resoluciones de los cuerpos médicos de la SRT, que postergaron las definiciones hasta la entrada en vigor del nuevo baremo médico.
"El decreto es completamente perjudicial para los trabajadores", dice María Agustina Elías, secretario general de la Asociación de Abogados del Fuero. "Se la pasan hablando de industria del juicio, pero lo que hay es una industria de incumplimiento de las ART, que obliga a los trabajadores a ir a la Justicia", agrega. Para Matías Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, "el decreto torna un poco más perverso a todo el sistema de riesgo de trabajo, que ya es bastante perverso".
En la reunión del CCP del 3 de diciembre de 2024, en la que se aprobó el nuevo baremo, el único rechazo fue de la CTA de los Trabajadores. Los empresarios apoyaron la modificación, mientras que la CGT señaló "la importancia de que exista un permanente seguimiento y evaluación en lo atinente a la aplicación del nuevo instrumento".
Fuente:
El Destape
