El riesgo de achicar el femicidio

25.09.2026
El movimiento feminista se movilizó para conseguir la modificación del Código Penal que incluya el agravante de la violencia de género, conocido como femicidio, en 2012. Andres Macera
El movimiento feminista se movilizó para conseguir la modificación del Código Penal que incluya el agravante de la violencia de género, conocido como femicidio, en 2012. Andres Macera

El máximo tribunal debe resolver la condena por el femicidio de Julieta González. ELA y otras organizaciones advierten que limitar el agravante a parejas y exparejas dejaría fuera crímenes atravesados por violencia de género y significaría una regresión en derechos humanos.

Por Sonia Tessa 

La calificación legal de femicidio corre peligro inminente: la Corte Suprema de Justicia de la Nación podría reducir dramáticamente la figura. "Nos preocupa que la interpretación limite el concepto a los femicidios íntimos", plantea Natalia Gherardi, directora ejecutiva del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género.

La causa en trámite se inscribe en el contexto de un gobierno nacional antifeminista y negacionista de la violencia de género, que más de una vez desconoció la existencia de los femicidios, como lo hizo el presidente Javier Milei en Davos. Poco después, el entonces ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona anunció la intención de eliminar la figura del femicidio del Código Penal.

Desde diciembre de 2025, cuando convocó a dos conjueces porque no se ponían de acuerdo para llegar a una decisión unánime, Carlos Horacio Rosatti, Carlos Fernando Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti analizan un planteo contra la condena a prisión perpetua a Andrés Di Césare por el femicidio de Julieta González, de 21 años, ocurrido en Cacheuta, Mendoza, en 2016.

La Corte Suprema dividida por el concepto de femicidio

La conformación del tribunal requerida para llegar a un fallo se completa con Gustavo Castiñeira, de Mendoza, y Rocío Alcalá, de Salta.

¿Cuál es la discusión?

Julieta mantenía una relación semiclandestina con quien la mató, y la investigación probó que el femicida había buscado en internet cómo deshacerse de un cuerpo, además de consultar si se podía confirmar la identidad de un feto en el útero de un cadáver.

Un documento elaborado por ELA recuerda que "la primera sentencia consideró que no estaba suficientemente acreditada una relación de pareja ni un contexto previo de violencia de género y lo condenó a 18 años de prisión por homicidio simple".

La propia Suprema Corte de Justicia de Mendoza revisó esa decisión y entendió que "para que exista un femicidio no hace falta una historia prolongada de maltrato".

El máximo tribunal de la provincia cuyana evaluó "la brutalidad del ataque, la asimetría de poder, el sometimiento, el descarte de su cuerpo y la posible vinculación del crimen con su embarazo".

Todos estos aspectos configuraron la figura de femicidio y por eso se condenó a Di Césare a prisión perpetua. Esa decisión fue luego confirmada por una nueva integración del tribunal, tras una apelación horizontal. Agotadas las instancias provinciales, la defensa de Di Césare recurrió a la Corte nacional.

El condenado es hijo de un reconocido empresario de transporte del departamento Maipú, en Mendoza.

Y la revisión de su condena puede generar consecuencias para toda la sociedad.

Lo que está en juego

Lo que corre peligro es una calificación legal, con todas sus implicancias, y es mucho más: nacida de la lucha feminista, conquistada en las calles para dar cuenta de la asimetría de poder y la violencia de género estructural que incluye, pero también excede, a las relaciones de pareja.

Esta figura constituye en la Argentina un agravante específico al delito de homicidio contemplado en el artículo 80 del Código Penal. Este inciso se introdujo en 2012, a través de la ley 26.791.

"Nuestro Código Penal no tiene un tipo penal especial específico de femicidio, sino que la figura es el homicidio y tiene diferentes agravantes. Uno de los agravantes está previsto en el inciso primero, en los casos de vínculo de parentesco, y es lo que llamamos femicidio íntimo", detalla Gherardi.

Según las estadísticas oficiales —que comenzaron a confeccionarse a partir del reclamo del primer Ni Una Menos, en junio de 2015— y las que realizan los distintos observatorios de organizaciones de la sociedad civil, alrededor del 60% de los femicidios son cometidos por las parejas o exparejas de la víctima. Pero no todos.

En muchos casos, un crimen puede tener las dos calificaciones, ya que el inciso 11 se refiere al contexto de violencia de género. "Pueden darse, obviamente, los dos incisos; generalmente hay violencia de género en una relación de pareja, pero no necesariamente: no en todos los casos en que hay violencia de género hay o ha habido una relación de pareja", señala Gherardi.

Estos femicidios son menos en cantidad. "Pero son muy significativos y quedarían desprotegidos de la idea del agravante por violencia de género", señala la especialista.

Nombres para recordar

Para que sea más claro: "Muchos casos que han conmocionado la opinión pública y que no dudaríamos de calificar de femicidio entran en esa calificación. Por ejemplo, el femicidio de Ángeles Rawson o el de Micaela García", sostiene Gherardi.

Así lo recuerda el documento de ELA. La organización presentó un amicus curiae ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación junto a otras organizaciones como la Fundación Mujeres por Mujeres, Amnistía Internacional, el Centro de Estudios Legales y Sociales, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) y la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps).

En el femicidio de Ángeles Rawson, ocurrido el 10 de junio de 2013, Jorge Mangeri no era su pareja ni su expareja, sino el encargado del edificio en el que vivía con su familia.

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"La Justicia entendió que su asesinato debía ser considerado un femicidio por la forma en que ocurrió: Mangeri se aprovechó de la diferencia física, la confianza y la situación de vulnerabilidad de Ángeles para someterla sexualmente y matarla. Fue condenado a prisión perpetua", recuerda ELA.

El debate incluye a un femicidio igual de conmovedor, pero más reciente: el de Agostina Vega, ocurrido el 30 de mayo, en Córdoba. La causa fue elevada a juicio el 10 de septiembre, con las siguiente imputaciones para el principal acusado, Claudio Barrelier: abuso sexual con acceso carnal en concurso real con homicidio triplemente calificado por alevosía, criminis causa y por mediar violencia de género.

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"Barrelier conoció a Agostina a través de su madre y se habría aprovechado de esa confianza para engañarla, abusar sexualmente de ella y luego asesinarla. A esto, además, se suma la asimetría de poder y la manera brutal en la cual se descartó el cuerpo de la víctima", rescata ELA.

Reconocer las violencias

"No hablamos sólo de una palabra. Hablamos de qué crímenes pueden ser reconocidos como femicidios y recibir la pena que corresponde a esa calificación. Una interpretación restrictiva como la que se analiza solo beneficia a quienes cometieron algunos de los crímenes más graves de violencia contra las mujeres", sostienen desde la organización no gubernamental.

Gherardi considera que restringir la figura sería contradictorio con la propia trayectoria de la Corte, que, a partir de la incorporación de las ministras Carmen Argibay y Elena Highton de Nolasco, creó la Oficina de la Mujer, donde se recopilan estadísticas de femicidios.

"Una interpretación restrictiva sería regresiva en términos de derechos humanos, y es algo que no es aceptable", enfatizó Gherardi.

La activista confió en que la Corte no quiera congraciarse con el Poder Ejecutivo. "Espero que no", respondió ante la pregunta.

"Justamente el valor del Poder Judicial tiene que ser la previsibilidad y estabilidad en las decisiones, y no ha habido ningún cambio normativo que justifique un cambio de criterio. Entonces, confío en que la Corte no se maneja con los vientos", apuntó.

Porque "los avances sociales e institucionales no son irreversibles", desde ELA consideran que "restringir la figura a las relaciones de pareja sería volver a invisibilizar formas de violencia que Argentina aprendió a reconocer".

Por eso plantean con claridad: "No necesitamos volver al pasado. Necesitamos que la Justicia pueda entender cada vez mejor cómo ocurren estos crímenes para investigarlos y prevenirlos".

Fuente:

https://www.pagina12.com.ar/2026/09/25/el-riesgo-de-achicar-el-femicidio/

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