Solo el 1,3% de las denuncias contra jueces y juezas federales y nacionales llegaron a una sanción o remoción

En sus 27 años de funcionamiento, el Consejo de la Magistratura de la Nación recibió 5.170 denuncias, pero solo 64 de las 4.910 que se cerraron terminaron con la sanción o remoción de magistrados y magistradas. En ese contexto, ACIJ publica la investigación "¿Justicia intocable?", en la que evidencia los problemas de un mecanismo que torna remota la posibilidad de que la judicatura sea responsabilizada por sus actos.
Por Guillermo Lavecchia
En nuestro país, los jueces y juezas solo pueden ser removidos de sus cargos por mal desempeño de sus funciones o por comisión de delitos. Esa garantía, establecida en la Constitución Nacional, busca evitar que sean desplazados por las decisiones que toman o perseguidos por razones políticas. Sin embargo, si los procesos disciplinarios impulsados por el Consejo de la Magistratura no funcionan como deberían, la garantía de independencia puede transformarse rápidamente en garantía de impunidad.
Así lo remarca la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), que presentó la investigación "¿Justicia intocable?", donde analizan lo sucedido con las denuncias contra jueces y juezas federales y nacionales recibidas por el Consejo entre 1999 y agosto de 2026. Los datos evidencian por qué está tan cuestionado este poder: apenas el 1,3% de las denuncias cerradas llegaron a una sanción o remoción.
"¿Justicia intocable?" fue seleccionada por el programa de becas del Instituto Prensa y Sociedad de Perú (IPYS) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), entre 127 postulaciones de toda América Latina, junto a otras propuestas de Nicaragua, Cuba, México, El Salvador, Colombia, Brasil y Perú. El proyecto incluye un buscador para que las personas puedan ver el estado, año, situación y comisión de cada denuncia.
¿Justicia intocable?
Desde su creación hasta la actualidad, en estos 27 años de funcionamiento el Consejo recibió 5.170 denuncias. De ellas, 4.910 están cerradas (94,97%) y 260 continúan en trámite (5,03%). De las 4.910 que ya se cerraron, apenas 64 llegaron a una sanción o remoción (1,3%). Y de las 64 mencionadas, 43 correspondieron a sanciones como multas y apercibimientos (67,19%) y 21 a remociones (32,81%).
El hecho de que menos de 2 de cada 100 magistradas o magistrados denunciados hayan sido sancionados o destituidos «genera interrogantes sobre la eficacia de estos procesos», afirman. Los problemas que exhiben hoy los mecanismos disciplinarios son múltiples: su opacidad impide que la ciudadanía controle el curso de las investigaciones, el bloqueo a la participación de quienes hacen las denuncias en esas instancias los priva de impulsar el avance de las causas y la arbitrariedad en la selección de quienes investigarán las denuncias puede determinar el éxito de un proceso o su fracaso.
A ello se suma la inacción del propio Consejo: entre 1999 y agosto de 2026, 469 denuncias caducaron por el mero paso del tiempo: quedaron sin investigar.

¿Cierres de manera injustificada?
"¿Justicia intocable?" reúne datos oficiales del Consejo de la Magistratura, información extraída de respuestas a pedidos de acceso a la información pública presentados por ACIJ al organismo, testimonios de denunciantes y análisis de especialistas con el propósito de explorar el funcionamiento de la atribución de vigilancia sobre la magistratura.
Cuando alguien hace una denuncia, el Consejo de la Magistratura la envía a la Comisión de Disciplina o a la de Acusación según la gravedad de los hechos: Comisión de Disciplina, para aplicar sanciones (advertencia,apercibimiento o multa); Comisión de Acusación, para remover al juez o jueza (a cargo del Jurado de Enjuiciamiento).
Si de un total de 4.910 denuncias, solo 64 llegaron a una sanción o remoción (1,3%), se abren interrogantes sobre la efectividad de estos procesos.
Las opciones son dos: o las denuncias son casi todas infundadas, o se cierran de manera injustificada, sea por negligencia o por la voluntad de proteger a magistrados y magistradas.
«El análisis de los expedientes y del comportamiento del Consejo a lo largo de estos años evidencia que, si bien existen denuncias infundadas, la segunda hipótesis está lejos de poder descartarse», razonan desde ACIJ.
Marcela Rodríguez, abogada y magíster en Derecho, ex diputada nacional (2001-2013) y consejera de la Magistratura de la Nación (2002-2006), recalcó: "Los jueces en la Comisión de Disciplina tienen un poder enorme y entre ellos se respetan. Todavía ahora, mandar una causa a Disciplina es salvar al juez. En nuestra época en Acusación estaban los abogados Beinusz Smukler, Pereira Duarte y yo. Una vez que empezábamos una investigación era muy difícil frenarla después. En cambio, si la denuncia pasaba a Disciplina, no arrancaba."
Tres casos paradigmáticos
En su informe, ACIJ menciona tres casos paradigmáticos. El primer es el de Federico Villena, juez federal del Juzgado en lo Criminal y Correccional de Lomas de Zamora Nº 2. En 2023, fue denunciado por el fiscal general subrogante ante la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, por atribuirse de manera sistemática competencias que no le correspondían. Por ejemplo, la intervención en una investigación por contrabando en el aeropuerto de Ezeiza; el sobreseimiento, como juez de feria y sin vista fiscal previa, de la hija de Hugo Moyano; y la investigación de una financiera fuera de su jurisdicción. Solo se solicitaron copias de los expedientes. La causa caducará el 1 de diciembre de 2026 si el Consejo no se expide.
El segundo es Ariel Lijo, juez federal del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 4. En sus 22 años como juez recibió un total de 41 denuncias disciplinarias por irregularidades en el manejo de determinadas causas (en particular, de corrupción, como "Ciccone" y "Siemens"), y por situaciones de violencia e irregularidades que sucedieron en su juzgado. En algunos de los expedientes no se pidió medida de prueba alguna y la mayoría de las denuncias fueron rechazadas. Aunque tenía denuncias en trámite, fue propuesto como candidato a la Corte Suprema.
El tercer caso es Diego Hernán Papa, juez nacional del Juzgado en lo Comercial N° 12 de CABA. En 2023, Papa había sido designado como camarista por el ex mandatario Alberto Fernández y aguardaba el acuerdo del Senado, donde su nombramiento había recibido el visto bueno de la Comisión correspondiente, cuando dirigentes de la Unión de Empleados de la Justicia Nacional (UEJN) encabezados por el secretario Julio Piumato solicitaron su investigación por supuesto maltrato y acoso laborales, entre otros hechos de posible mal desempeño. Al momento del ingreso de la impugnación de la UEJN en el CM, Papa ya había salido indemne en tres procesos disciplinarios previos tramitados en el Consejo de la Magistratura (expedientes 158/2016 -"Del Río"-; 130/2019 -"Andreani"- y 214/2019 -"Centro de Asistencia Judicial Federal de la CSJN"-).
En un proceso donde intervinieron las comisiones de Acusación y de Disciplina, el CM recibió 58 declaraciones testimoniales y descargos del juez; debatió dos sanciones 2 posibles (dictamen de mayoría y dictamen de minoría) y, como ninguna logró la mayoría de votos exigida, la denuncia terminó archivada por el transcurso de tres años sin definicion (plazo legal de caducidad).
Mediante la Resolución 105/2026, el plenario del cuerpo resuelve archivar el caso del juez Papa tras constatar que habían transcurrido más de tres años desde la interposición de la denuncia (plazo de caducidad establecido en el artículo 7 de la ley 24.937). La Resolución relata que, antes de disponer el archivo, el plenario había votado en forma sucesiva tres mociones sin lograr la mayoría de dos tercios: 1) aplicar al magistrado una multa del 30% del salario; 2) desestimar la denuncia o 3) sancionarlo con un apercibimiento.
Mientras tanto y por el carril político, Milei sucedió a Fernández y retiró los pliegos judiciales pendientes de acuerdo en el Senado, entre ellos el del ascenso de Papa. Para cerrar este proceso disciplinario, el Consejo se tomó 1.121 días corridos (tres años y 25 días).
«Llama la atención»
Para Alfonso Santiago, abogado y Doctor de Derecho, director de la Escuela de Política, Gobierno y Relaciones Internacionales de la Universidad Austral, «se podría afirmar que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, en el orden federal, ha funcionado adecuadamente desde su instalación en el año 2000: ha llevado correctamente los procesos y sus decisiones ha sido fundadas, tanto cuando destituyó en la gran mayoría de casos sujetos a su jurisdicción, como cuando absolvió por carecer la acusación del debido fundamento para esa medida extrema. Sin embargo, me animaría a afirmar que no todos los casos que debieron llegar al Jurado de Enjuiciamiento, lo hicieron. Esto debido a que el Consejo de la Magistratura de la Nación no siempre decidió acusar a los jueces federales denunciados por graves hechos que encuadran en la causal genérica de 'mal desempeño', cuando debería haberlo hecho."
Mauro Benente, abogado y Doctor en Derecho, docente de la UNPAZ y UBA, añade: "Llama la atención que frente a un plantel de alrededor de mil jueces y juezas, desde el inicio del funcionamiento del Consejo, se hayan aplicado tan pocas sanciones. Del estudio de las resoluciones dictadas por el Consejo surge que la mayoría de las denuncias se desestiman in limine o por caducidad, pero la imposibilidad de acceder a los expedientes impide delimitar si este número escasísimo de sanciones se explica por la excelencia de los jueces y las juezas, o por la ineficacia del diseño institucional."
«Cabe destacar que también se intentó contar con las miradas de los consejeros y consejeras. Se enviaron más de 40 pedidos de entrevistas a los 15 que actualmente integran las Comisiones de Disciplina y de Acusación pero, a excepción de Anabel Fernandez Sagasti y Rodolfo Tailhade, ninguno respondió. Tampoco fue posible acceder a los expedientes disciplinarios que habíamos solicitado, aun cuando según las leyes 24.937 y 27.275 estos deben ser públicos», apuntan desde ACIJ.
Y acotan: «Una Justicia que no investiga sus denuncias, que permite que los procesos caduquen y que omite sancionar casos de mal desempeño difícilmente pueda decirse justa. Fortalecer el control y la rendición de cuentas de quienes ejercen el poder de juzgar sobre nuestra democracia y nuestros derechos es esencial para restablecer la confianza pública en el Poder Judicial».
Fuente:
https://www.tiempoar.com.ar/ta_article/13-denuncias-jueces-sancion/
